Artículo Disposición final cuartaDisposición final cuarta
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Esta Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears».
Norma publicada: 19 de junio de 2018
Resumen del Artículo Disposición final cuarta
Artículo Disposición final cuarta del Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears. (codigo) — Disposición final cuarta. Entrada en vigor. Esta Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears».
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Esta Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears».
Norma publicada: 19 de junio de 2018
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Disposición final cuarta. Entrada en vigor. Esta Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears».
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Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV.
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